El próximo jueves 2 de noviembre se celebrará el sorteo de la junta electoral en la secretaría del centro a las 12:30 horas. Es público por lo que aquel que quiera asistir puede hacerlo. La dirección de colegio está haciendo llegar a las familias una carta con información que puedes descargarte aquí.
Según establece la normativa vigente ha de renovarse el Consejo Escolar cada dos años, y por lo tanto se celebrarán elecciones en los distintos sectores de la Comunidad Educativa (madres/padres, alumnos/as, profesores/as y personal de administración y servicios). El Consejo Escolar es el órgano colegiado máximo de gestión y organización de un centro docente.
El Real Decreto 82/1996 de 26 de enero y la Orden Ministerial de 28 de febrero de 1996 dictan las normas para la renovación y constitución de los Consejos Escolares. En ellos se establece el procedimiento.
En base a ello el jueves 2 de noviembre se celebrará el sorteo de la junta electoral en la secretaría del centro a las 12:30 horas. Es público por lo que aquel que quiera asistir puede hacerlo.
Funciones de la Junta Electoral
- Aprobar y publicar los censos electorales.
- Concretar el calendario electoral.
- Ordenar el proceso electoral.
- Admitir y proclamar las distintas candidaturas.
- Promover la constitución de las mesas electorales.
- Resolver las reclamaciones que puedan presentarse.
- Proclamar los candidatos elegidos y remitir las actas a la Administración.
Composición de la Junta Electoral del Centro: La directora del centro, que será su presidente, un profesor, un padre, un alumno y un representante de administración y servicios.
Consideraciones sobre el proceso de elección
Componentes del Consejo Escolar:
- 3 padres, de los cuales renueva 1.
- 4 alumnos, renuevan 2.
- 7 profesores, renuevan 4.
- 1 persona de administración y servicios que se renueva este año.
- 1 representante del ayuntamiento.
- El equipo directivo: directora, jefa de estudios y secretario.
El derecho a elegir y ser elegido representante de los padres en el Consejo Escolar del centro podrá ser ejercido por el padre y por la madre (pueden votar los dos), de los alumnos actualmente escolarizados o, en su caso, por los tutores legales.
La mesa electoral estará integrada por la directora del centro, que actuará como su presidente, los representantes de los padres de alumnos en el consejo escolar saliente, de los cuales actuará como secretario el de menor edad.
En la Secretaría se podrán recoger los impresos para la presentación de CANDIDATURAS.
Una vez cerrado el plazo de presentación de candidaturas y aceptadas éstas por la Junta Electoral del centro, se confeccionará una papeleta de votación para cada uno de los sectores de la Comunidad Educativa. El voto es directo, secreto y NO DELEGABLE. Se deberá presentar DNI u otro documento equivalente para poder votar. Aquellos que lo deseen podrán votar por correo. Deberán meter la papeleta (que se elabore para ello) en un sobre, y este sobre junto con la fotocopia del DNI en otro sobre que se enviará a la junta electoral. El voto debe llegar antes del escrutinio.
En el tablón de anuncios de la secretaría del centro y en la página web del centro, publicamos la convocatoria de elecciones.
El censo electoral de padres/madres, para su posible reclamación en el caso de no figurar en el mismo, o hacerlo de forma incorrecta, solo se podrá consultar en el tablón de anuncios de la secretaría.